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Llama SAT a hacer declaración anual 2018

Créditos hipotecarios, colegiaturas y gastos hospitalarios, entre los deducibles de impuestos; se amplia fecha para ciertos contribuyentes.

Llama SAT a hacer declaración anual 2018

FOTOS: Martín Ruiz

Los Mochis, Sin.- Las personas físicas que se encuentren en los regímenes de servicios profesionales, actividades empresariales, arrendamiento, dividendos, enajenación o adquisición de bienes, están obligadas a presentar su Declaración Anual del ejercicio 2018 durante el mes de abril, ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Alba Luz Parra, Administradora desconcentrada del Servicio al Contribuyente de la zona centro y norte de Sinaloa, indicó que en caso de incumplir con sus obligaciones fiscales, hay multas que pueden ser aplicadas, las cuales están señaladas en el Código Fiscal de la Federación; sin embargo, también los contribuyentes pueden obtener saldo a favor lo cual deberá ser devuelto en un máximo de 40 días. 

"Abril es el mes para presentar la declaración anual para las personas físicas del Impuesto Sobre la Renta (ISR) este impuesto es anual, y las personas físicas a lo largo del año van haciendo pagos provisionales, cuando se hace al declaración anual es el ajuste de todos los ingresos y deducciones que el contribuyente tuvo durante el año, para este año, el SAT puso una herramienta en su página que se llama Declarar SAT, que para este año ya tiene toda la información precargada de los contribuyentes, que es lo que al final te puede generar un saldo a favor”, señaló. 

De igual forma aclaró que al hacer la declaración de impuestos se pueden obtener tres resultados:

1.- Saldo a pagar, que debas de pagar algún saldo pendiente en tus impuestos. 

2.-Cero absoluto, no le debes al SAT y el SAT no te debe a ti. 

3.-Saldo a Favor, el SAT te devuelve recurso excedente en 5 días hábiles. 

La fecha límite para la declaración es el 30 de abril; sin embargo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), amplió el plazo al 31 de julio a los contribuyentes que opten por la devolución automática, una facilidad para las personas físicas que presenten su declaración anual exclusivamente del ejercicio fiscal 2018, tengan sus facturas y deducciones personales sin inconsistencias y su saldo a favor no sea mayor a 150 mil pesos.

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