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Opinión

Proyectos, seguridad nacional y orden jurídico

Perspectiva

“Una necedad repetida por treinta y seis millones de bocas, no deja de ser necedad” Anatole France

El 23 de noviembre, en edición vespertina del Diario Oficial de la Federación, se publicó el acuerdo del presidente López Obrador que eleva a categoría de interés público, prioritario, estratégico para el desarrollo y asunto de seguridad nacional, cualquier proyecto de obra pública del gobierno federal.

No es algo ilegal que se realicen ediciones vespertinas del órgano oficial de difusión, pero por lo general se recurre a ellas cuando se trata de asuntos urgentes, sea por vencimiento de plazos perentorios, porque el gobierno tiene prisa de que entre en vigor lo publicado y no puede esperar al día siguiente; o porque se pretende que lo publicado llegue a un número mínimo de personas para tratar de minimizar un efecto mediático adverso. Esto último es a mi juicio lo que sucedió con el acuerdo de marras, dado que adolece de un diseño jurídico paupérrimo, y carece de la fundamentación y motivación que deben tener todos los actos de autoridad.

Como consecuencia del acuerdo, todas las dependencias del Ejecutivo Federal quedan obligadas a autorizar, en un máximo de cinco días hábiles, cualquier proyecto de obra que el gobierno presente, y en caso de que no lo hagan se entenderá que está automáticamente autorizado. Se dice que la autorización será provisional y tendrá una vigencia de un año, luego de lo cual se expedirá la autorización definitiva, obviamente si se satisfacen los requisitos de ley.

Con ello el gobierno federal podrá iniciar las obras que decida y declare prioritarias y de seguridad nacional, una semana después de presentar su solicitud, pues no se le exigirá la obtención o presentación previa de los dictámenes, permisos, licencias o manifestaciones que exige la ley, lo que tiene como consecuencia la inaplicación de leyes aprobadas por las cámaras del Congreso de la Unión, para lo cual no tiene facultad el presidente de la República, quien al ordenarlo trastoca todo el orden jurídico por invasión del ámbito de competencia del Poder legislativo, que afecta el sistema democrático de división de poderes.

El presidente dijo en una mañanera, que el objetivo del acuerdo es posibilitar el avance de su proyecto emblemático del tren maya, que está detenido en muchos de sus tramos porque los pobladores asentados en lo que será el derecho de vía recurrieron al amparo de la justicia federal, o porque no puede avanzar mientras no se desahoguen correctamente las consultas a la población indígena afectada por la obra.

Con el acuerdo pretende esquivar los obstáculos mencionados mediante un fraude a la Constitución y a las leyes. Por citar un ejemplo, el tren maya atravesará un considerable tramo de selva, por lo que la autoridad ambiental está obligada a realizar antes del inicio de los trabajos los estudios de impacto ambiental, y a emitir la manifestación correspondiente; en el nuevo escenario que crea el acuerdo, al iniciar sin las autorizaciones oficiales, los estudios quedarán sin materia y el daño al ambiente será causado impune e irreparablemente.

El considerar los proyectos como asuntos de seguridad nacional tendrá como primer efecto la eliminación de la transparencia, ya que toda la información de las obras se considerará reservada, además de que las contrataciones podrán asignarse directamente, sin desarrollar procedimientos de licitación como obliga el artículo 134 de la Constitución, lo que propiciará el uso discrecional de recursos públicos y expondrá todo el sistema a nuevos actos de corrupción.

La seguridad nacional es un concepto cambiante del que existen múltiples definiciones, que en su mayor parte coinciden en elementos tales como la preservación de la soberanía y la independencia de la nación, es decir el derecho del Estado mexicano a ejercer su autoridad en todo el territorio, sin injerencia de cualquier otro gobierno; el mantenimiento del orden constitucional; la protección de los derechos de sus habitantes y la defensa del territorio.

El artículo 3º de la Ley de Seguridad Nacional define el concepto como “las acciones destinadas de manera inmediata y directa a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado mexicano”, que conlleven a la protección de la nación frente a las amenazas y riesgos; la preservación de la soberanía e independencia nacionales y la defensa del territorio; el mantenimiento del orden constitucional y el fortalecimiento de las instituciones democráticas de gobierno; el mantenimiento de la unidad de las entidades de la Federación; la defensa legítima del Estado Mexicano respecto de otros Estados o sujetos de derecho internacional; y la preservación de la democracia. Ninguno de esos objetivos se justifica en el acuerdo.

Por su parte, el artículo 5º de la Ley antes mencionada contiene un catálogo de trece amenazas a la seguridad nacional, que pueden dar pie a la toma de decisiones de las autoridades, empezando por el presidente de la República, ninguna de las cuales se menciona en el acuerdo para justificar su emisión. Entre ellas aparecen  temas como espionaje, sabotaje, terrorismo, rebelión, traición a la patria, genocidio, interferencia extranjera, y otras que nada tienen que ver con la construcción de un tren, de una refinería, de un aeropuerto o de cualquier obra estratégica o prioritaria.

El acuerdo es tan aventurado y desventurado, que ya el Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública (INAI) prepara una controversia constitucional para que sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación la que califique la constitucionalidad de la medida.

Con el acuerdo se potencializa el presidencialismo individualista que fue tan criticado cuando lo practicaban gobiernos anteriores, y se acerca peligrosamente a un gobierno autocrático, donde todas las decisiones son tomadas por un solo individuo, tirando a la basura el principio de división de poderes, el orden constitucional y el Estado de derecho todo.

Por lo demás, conforme al artículo 56 de la Ley de Seguridad Nacional, las políticas y acciones relacionadas con ésta que realice el titular del Ejecutivo, estarán sujetas al control y evaluación del Poder Legislativo Federal, y no se tiene noticia de que el presidente haya sometido su acuerdo al escrutinio de diputados y senadores, por lo que no se apega a la normatividad vigente.

¿Acaso el presidente de la República tiene información sobre amenazas a las obras estratégicas, que no haya compartido con todos los mexicanos? No lo creo.