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Opinión

Amnistía

Fórmula Legislativa.

En uno de los múltiples actos anticipados de campaña que ha realizado Andrés Manuel López Obrador sin que nadie ose interponer una queja, ni la autoridad electoral se pronuncie en forma alguna, declaró que en caso de ganar las elecciones presidenciales explorará cada una de las posibilidades para garantizar la tranquilidad y la paz del país.

A diferencia de muchas otras de sus ofertas de campaña, de las que no aclara cómo habrá de materializarlas, en esta ocasión sí explicó que la pacificación se logrará otorgando amnistía a los capos del narcotráfico. “Si es necesario –dijo- vamos a convocar a un diálogo para que se otorgue amnistía, siempre y cuando se cuente con el apoyo de las víctimas”.

La polémica propuesta tuvo el efecto de espectacularidad mediática que se buscaba y, cuando éste parecía haberse disipado, vino el anuncio del ahora precandidato de que habrá de nombrar como Secretario de Seguridad Pública, dependencia desaparecida en la presente administración federal, al sonorense Alfonso Durazo Montaño, conocido primero por haberse desempeñado como secretario particular de Luis Donaldo Colosio, y luego por integrarse al equipo de asesores de Vicente Fox en la Presidencia de la República, puesto en el que se le relacionó en negociaciones con cárteles del narcotráfico.

En la misma fecha de su tempranero nombramiento, Durazo afirmó ante los medios que la propuesta de amnistía para criminales es viable, pero no para los grandes capos del narcotráfico. “Cuando pensamos en la posibilidad de una amnistía, –afirmó- no estamos pensando en los grandes capos sino en los cientos de miles de mexicanos que se dedican, por ejemplo, al narcocultivo porque en sus poblaciones no tienen opciones de sobrevivencia económica, más que la criminalidad”.

Pero no se quedó ahí, sino que estableció un plazo de tres años para la pacificación del país, que nos recordó el planteamiento foxiano de solucionar la rebelión zapatista en quince minutos, y señaló que además de la amnistía existirá la posibilidad de pactos, que no aclaró con quien habrán de celebrarse ni en que habrán de consistir.

Ante la posibilidad de que la política pública del eventual gobierno lopista para combatir la inseguridad pública se centre en estas acciones, cabe preguntarse cómo es que habrá de tornarse efectiva.

La amnistía es constitucionalmente posible, pero para que se materialice debe contarse con mayoría en el Congreso de la Unión, pues corresponde a éste otorgarla mediante la expedición de una Ley, como ha sucedido en media docena de ocasiones a lo largo de nuestra historia. 

En 1879 el presidente Benito Juárez decretó amnistía para los enemigos de la República presos por traición, sedición, conspiración y demás delitos políticos, exceptuando a aquellos que actuaron como  lugartenientes del Imperio y a los jefes de divisiones y cuerpos del ejército que se pasaron al invasor, lo que guarda un paralelismo con lo expresado por Durazo, al excluir a los capos y beneficiar únicamente a los campesinos criminales –así los llamó-, que ejercen el narcocultivo.

La primera amnistía establecida en una Ley y no en un simple decreto, se otorgó en 1872 bajo el gobierno de Sebastián Lerdo de Tejada, en favor de quienes cometieron delitos políticos hasta esa fecha, sin excepción de persona alguna.

Le siguió Ley de Amnistía promulgada durante la presidencia del General Lázaro Cárdenas en febrero de 1937, que favoreció a los militares que hubieran cometido el delito de rebelión y a civiles responsables de delitos de rebelión, sedición, asonada o motín en el ámbito federal.

En diciembre de 1940, siendo presidente Manuel Avila Camacho, se otorgó amnistía a civiles y militares responsables de delitos políticos.

En mayo de 1976, bajo la administración de Luis Echeverría, se expidió la Ley de Amnistía para los procesados por delitos de sedición, invitación a la rebelión, resistencia de particulares y conexos, cometidos durante el conflicto estudiantil de 1968.

Y finalmente, el 22 de enero de 1994, en las postrimerías de la administración salinista, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Amnistía para quienes hubieran incurrido en delitos con motivo de los hechos de violencia suscitados en varios municipios del Estado de Chiapas entre los días primero y  veinte de enero de ese mismo año, a las quince horas.

Esta reseña histórica sirve para destacar que en México la amnistía ha sido siempre utilizada para evitar la aplicación de normas penales sobre quienes incurrieron en delitos de carácter político, durante un período de tiempo ya transcurrido. 

De esta manera, de concretarse primero el triunfo de López Obrador, y luego si logra el consenso de las cámaras del Congreso de la Unión, será la primera vez que se otorgue amnistía a delincuentes comunes que han causado un grave daño a la sociedad.

La pretensión de olvidar las conductas delictivas únicamente de quienes cultivan drogas enervantes puede ser totalmente ineficaz si no va acompañada de una enorme inversión económica que garantice empleo permanente y remunerado a los residentes de las zonas productoras, y aun así es simplemente como recortar el follaje sin arrancar la raíz, porque la actividad del narcotráfico ya no se reduce a la producción, transporte y comercialización de mariguana y amapola. El narcotráfico de hoy está más orientado a la producción de drogas sintéticas tanto en áreas rurales como urbanas.  

Al manifestar “no descartamos el perdón. Se debe perdonar si está de por medio la paz y la tranquilidad del pueblo”, Andrés Manuel deja de manifiesto su ignorancia sobre el significado de la amnistía, que no es perdón, sino olvido. Amnistía proviene de amnesia, significa “sin memoria”, es decir olvido, pérdida total del recuerdo de un hecho. Incluso desde el punto de vista jurídico, el perdón se refleja en el indulto.

Parafraseando al Conde de Peyronnet, ministro de Carlos X de Francia, “Amnistía es abolición, olvido; perdón es indulgencia, piedad. La amnistía no repone, sino que borra. El perdón no borra nada, sino que abandona y repone. La amnistía vuelve hasta lo pasado y destruye hasta la primera huella del mal; el perdón no va sino al futuro, y conserva en el pasado todo lo que le ha producido. 

El perdón supone crimen; la amnistía no supone nada, a no ser la acusación. En las acusaciones ordinarias nunca tiene interés el estado en que se borre la memoria. En las acusaciones políticas, suele suceder lo contrario; porque si el estado no olvida, tampoco olvidan los particulares, y si se mantiene enemigo, también los particulares se mantienen enemigos. El perdón es más judicial que político; la amnistía es más política que judicial”.

Quedan aún por responder varias interrogantes. ¿Qué suerte correrán los delitos del orden común y la reparación de los daños derivados? ¿Se promoverá el indulto? ¿En qué situación quedarán los derechos de las víctimas? ¿Qué pasará con los bienes y recursos ilícitamente obtenidos?