11/17/2025 09:23:00 a. m.
A medida que se acerca el cierre de año, miles de trabajadores en México esperan con anticipación la llegada del aguinaldo, una de las prestaciones más importantes y esperadas del periodo decembrino.
Este pago está protegido por la Ley Federal del Trabajo (LFT) y representa un apoyo económico clave para enfrentar gastos navideños, deudas o simplemente para ahorrar.
TE PUEDE INTERESAR: Llegan las primeras nevadas de la temporada en México por el Frente Frío 14
Para 2025, el salario mínimo se mantiene diferenciado en dos zonas del país:
Zona del Salario Mínimo General (ZSMG) — incluye la Ciudad de México y la mayoría del territorio nacional:
$278.80 pesos diarios
Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN) — comprende municipios fronterizos con Estados Unidos:
$419.88 pesos diarios
Con base en estos montos, el aguinaldo mínimo equivalente a 15 días queda de la siguiente manera:
Zona General (ZSMG):
278.80 × 15 = $4,182.00 pesos
Zona Frontera Norte (ZLFN):
419.88 × 15 = $6,298.20 pesos
Estos montos aplican únicamente si el trabajador laboró el año completo. Cabe destacar que algunas empresas otorgan un número mayor de días como prestación adicional, por lo que el pago puede aumentar dependiendo de las políticas internas de cada empleador.
La ley contempla un pago proporcional para quienes no cumplieron el año laboral completo. La fórmula oficial es:
(Días trabajados ÷ 365) × 15 días × salario diario
Por ejemplo, un trabajador que gana el salario mínimo general ($278.80) y laboró 182 días (aproximadamente 6 meses) debe calcular su aguinaldo de la siguiente manera:
(182 ÷ 365) × 15 × 278.80 ≈ $2,086 pesos
Este cálculo asegura que todos los trabajadores reciban la parte proporcional que les corresponde, sin importar si entraron a mitad de año o cambiaron de empleo.
El aguinaldo debe pagarse antes del 20 de diciembre.
Debe entregarse en una sola exhibición, ya sea en efectivo o depósito.
No pueden hacerse descuentos indebidos al monto correspondiente.
En caso de incumplimiento, el trabajador puede acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), o presentar una queja ante Juntas o Tribunales Laborales.
El plazo para reclamar es de hasta un año después del 20 de diciembre.