México | 11/03/2025 04:20:00 p. m. | Ingrid Mateos
Para muchos mexicanos, la sola idea de que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) toque a la puerta puede causar nervios.
Sin embargo, es importante saber que el organismo sí cuenta con la facultad de realizar visitas domiciliarias, aunque no de manera arbitraria, sino bajo reglas específicas establecidas en la ley.
El Código Fiscal de la Federación permite que el SAT realice visitas domiciliarias cuando necesita comprobar que una persona o empresa cumple correctamente con sus obligaciones fiscales.
En caso de detectar inconsistencias o errores en las declaraciones, puede solicitar documentos o información adicional para aclarar la situación. Estas solicitudes pueden atenderse por medios digitales, como el Buzón Tributario, o directamente en las oficinas del SAT.
Pero cuando el caso requiere una revisión más a fondo, la autoridad puede acudir al domicilio fiscal del contribuyente.
Durante la visita, los funcionarios del SAT pueden revisar la contabilidad, los bienes o las mercancías relacionadas con la actividad del contribuyente.
Entre los aspectos que buscan verificar están que las facturas electrónicas se emitan correctamente, que los inventarios estén en orden y que se cumplan las normas aplicables (por ejemplo, las relacionadas con bebidas alcohólicas o productos regulados).
En algunos casos, el SAT también revisa los informes que presentan los contadores públicos sobre operaciones grandes, como la venta de acciones o cambios en los estados financieros.
Aunque la idea puede sonar intimidante, estas visitas no son al azar: antes de llegar a tu puerta, el SAT debe notificarte previamente y seguir un procedimiento legal.
El objetivo no es asustar, sino garantizar que todos cumplan con las mismas reglas y evitar la evasión fiscal. Si tus declaraciones están en orden y mantienes tu información actualizada, no tienes nada que temer.