México
¿Prohibirán bebidas energéticas a menores de edad? Esto debes saber
¿Quienes vendan este tipo de productos a menores podrán recibir una multa? Aquí te lo decimos

La Cámara de Diputados avaló por unanimidad una reforma a la Ley General de Salud que prohíbe la venta de bebidas energéticas a menores de 18 años en todo el país; con 401 votos a favor de todas las bancadas, el dictamen establece sanciones severas para los comercios que incumplan esta disposición.
Multas de hasta 226 mil pesos

De acuerdo con la reforma, quienes vendan este tipo de productos a menores podrán recibir una multa de hasta 2 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que equivale actualmente a 226 mil 280 pesos. Las modificaciones adicionan la fracción 2 bis al artículo 215, el artículo 216 ter y reforman el artículo 419 de la Ley General de Salud.
- La definición de bebidas energéticas quedará a cargo de la Secretaría de Salud, que deberá precisar las categorías en la Norma Oficial Mexicana tomando en cuenta estándares internacionales.
En general, se consideran aquellas bebidas no alcohólicas que incluyen mezclas de cafeína, taurina, glucuronolactona, tiamina u otras sustancias con efectos estimulantes.
En los artículos transitorios, se establece además que la Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública y el Consejo de Salubridad General, implementará en un plazo no mayor a 12 meses campañas informativas sobre los riesgos que representa el consumo de estas bebidas en menores y grupos vulnerables.
El dictamen fue turnado al Senado de la República para su análisis y eventual discusión, donde se definirá si la medida entra en vigor en los próximos meses.
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