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Aprueban la Ley Monzón; padres condenados por feminicidio perderán patria protestad
Diputados y diputadas votaron a favor de que agresores pierdan toda relación con sus hijos.

La Ley Monzón fue aprobada de forma unánime por diputados y diputadas del Honorable Congreso del Estado la mañana de este jueves 20 de julio.
Con la iniciativa aprobada, aquel padre agresor que sea condenado por feminicidio perderá toda relación con sus hijos, y serán las autoridades quienes garanticen a las niñas, niños y adolescentes con programas de apoyos directos y constantes para que accedan gratuitamente a mecanismos de rehabilitación ante los daños sufridos.
Elementos que solo se pueden lograr conociendo e identificando la problemática de mejor forma, por lo que la presente iniciativa pretende brindar protección, a través de mecanismos específicos donde se les reconozca y se les apoye en todos los ámbitos necesarios.

El artículo 134 Bis se establece que quien cometa el delito de feminicidio perderá todo derecho con relación a los hijos de la víctima, garantizando el interés superior de la niñez en términos de lo previsto en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Siendo fundamental que sea el propio Estado, a través de la Secretaría de las Mujeres, el responsable de administrar el registro correspondiente para asegurar la necesaria protección de las niñas, niños y adolescentes desde el momento en que a estos se les identifique como víctimas por la pérdida de sus madres.
Dicha ley es la número 16 que se agrega al compendio legislativo de la “Agenda Púrpura 64” con el propósito de erradicar la violencia en contra de las mujeres en Sinaloa.
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