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Sinaloa | Norte

Exigen detener ecocidio en la ribera del Río Fuerte en San Miguel

La afectación al equilibro ecológico de la zona sigue en aumento, sin que se sancione a nadie.

Jessi Jáuregui
23/04/18

Exigen detener ecocidio en la ribera del Río Fuerte en San Miguel

Río Fuerte. FOTOS: Martín Ruiz.

Los Mochis, Sin-. A pesar de que desde el 2016 se interpuso una denuncia penal ante la Procuraduría General de la República (PGR) por el delito de cambio de uso de suelo forestal en las riberas del Río Fuerte en San Miguel Zapotitlán, a la fecha, la afectación al equilibro ecológico de la zona sigue en aumento, sin que se sancione a nadie.

Incluso el cauce del río se modificó un kilómetro por las extracciones de material pétreo que sin permiso realizan varias constructoras locales sin autorización legal, dejando sin agua a un amplio terreno donde abundan árboles, los cuales se están secando.

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Ante esto y por el temor de que el daño sea aún mayor por la omisión de las autoridades competentes, Franco Leonel Souza Echave, presidente de SM Ecopark, exigió en una rueda de prensa al Gobierno Federal y Estatal su intervención inmediata.

"Que venga Profepa y levante nuevamente una cata circunstanciada, también la intervención directa de la Conagua para que revise las concesiones otorgadas desde el inicio hasta su desembocadura al mar, que la Conagua finque responsabilidad penal para aquellas personas que tienen cercado dentro del área del límite federal. También pedimos la intervención de Semarnat para que vigile y presione a las autoridades competentes y en caso de no serlo así que sean remitidos ante un orden jurisdiccional para que sean sancionados”

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Cabe resaltar que en 3 ocasiones Profepa ha acudido a realizar revisiones al lugar, la primera de ellas el 25 de abril del 2014, donde señaló el daño en 6 álamos juveniles; el 23 de abril del 2015, observó la extracción de material arenoso y la exposición de la raíces de los álamos; y el 31 de marzo del 2016, levantó un acta circunstanciada por la afectación en 24 álamos.

Con la información del acta circunstanciada número: PFPA/31.2/2C.26.1/AC.ZN/011/16 se interpuso la denuncia penal ante PGR que quedó integrada en la carpeta de investigación: FED/SIN/ MOCH/0000474/2016, pero a pesar de agotar todos los recursos legales posibles poco han hecho las autoridades para evitar el ecocidio, lamentó Souza Echave.

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Ahora, hasta un particular cercó y construyó una vivienda la cual habita en la zona federal protegida y tampoco ha habido intervención de Profepa, Semarnat ni Conagua.

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¿Qué dice el artículo 418 del Código Penal Federal?

Artículo 418. .- Se impondrá pena de seis meses a nueve años de prisión y por equivalente de cien a tres mil días multa, siempre que dichas actividades no se realicen en zonas urbanas, al que ilícitamente:

Desmonte o destruya la vegetación natural; Corte, arranque, derribe o tale algún o algunos árboles, o Cambie el uso del suelo forestal.

La pena de prisión deberá aumentarse hasta en tres años más y la pena económica hasta en mil días multa, para el caso en el que las conductas referidas en las fracciones del primer párrafo del presente artículo afecten un área natural protegida.

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