LFT: ¿cuáles serían los días de descanso obligatorio para enero del 2026?

12/29/2025 08:40:00 a. m.

El calendario laboral de México para 2026 ya comienza a tomar forma y enero abre el año con un día de descanso obligatorio para millones de personas trabajadoras en el país.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), el jueves 1 de enero de 2026, con motivo del Año Nuevo, será el primer feriado oficial del año, aplicable tanto al sector público como al privado.

La legislación laboral mexicana establece, en sus artículos 69 al 75, el derecho de las personas trabajadoras a descansar con goce de salario íntegro, además de reconocer fechas específicas como días de descanso obligatorio a nivel nacional.  

Estas disposiciones buscan garantizar condiciones mínimas de bienestar y equilibrio entre la vida laboral y personal.

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¿Cuántos días de descanso obligatorio habrá en 2026?

Durante 2026, la Ley Federal del Trabajo contempla siete días de descanso obligatorio, los cuales deben respetarse en todos los centros de trabajo del país.

Algunas de estas fechas no se celebran el día exacto de la conmemoración histórica, sino que se recorren al lunes más cercano para generar descansos continuos, una práctica conocida como "puente laboral".

El calendario queda de la siguiente manera:

Estas son las únicas fechas reconocidas oficialmente como feriados obligatorios por la legislación federal para 2026.

¿Qué pasa si se trabaja en un día feriado?

La LFT es clara: si una persona trabajadora presta servicios en un día de descanso obligatorio, el empleador debe pagar el salario normal más el doble adicional, es decir, triple salario por ese día, sin importar el tipo de jornada o el sector productivo.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y la Profedet advierten que no respetar estos derechos puede derivar en sanciones administrativas y conflictos laborales. Además, la ley prohíbe sustituir los días de descanso obligatorio por otros, salvo que exista un acuerdo entre las partes.


¿Y en escuelas y fechas religiosas?

En el ámbito educativo, los feriados laborales sirven como referencia, pero el calendario escolar es definido cada año por la Secretaría de Educación Pública (SEP), que puede incluir ajustes específicos.

Por otro lado, fechas como Jueves y Viernes Santo, Día de Muertos o el Día de la Virgen de Guadalupe no están reconocidas como descanso obligatorio en la LFT. Su observancia depende exclusivamente de acuerdos internos, contratos colectivos o decisiones de cada institución.

Con enero de 2026 marcando el primer descanso oficial del año, el calendario laboral vuelve a ser una herramienta clave tanto para empleadores como para trabajadores, quienes deben conocer sus derechos y obligaciones desde el primer día del año.

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