12/02/2025 04:34:00 p. m.
El calendario fiscal 2026 ya está cerca y con él aumentan las dudas sobre las posibles visitas domiciliarias del SAT así que te explicamos por qué NO existe una "lista negra", el amplio poder de fiscalización del fisco y qué documentos deben mostrarte los auditores.
Muchos mexicanos creen que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene una "lista negra" de personas a quienes auditar, sin embargo, esto es un error.
Es importante saber que cualquier entidad con obligaciones fiscales, sin importar su tamaño, puede ser notificada para una inspección y las reglas que rigen estas revisiones provienen directamente del Código Fiscal de la Federación.
El SAT puede revisar al contribuyente principal (persona física o moral) pero no solo a ellos, pues la ley permite revisar a cualquier actor involucrado de forma directa o indirecta en las operaciones financieras que se buscan comprobar.
Los posibles destinatarios de estas visitas incluyen:
Las inspecciones siempre se llevan a cabo en el domicilio fiscal o en el establecimiento donde se realiza la actividad económica.
El proceso es riguroso y siempre debe iniciar con la identificación de los auditores y la entrega de los documentos clave:
Antes de revisar cualquier documento, los visitadores deben presentar OBLIGATORIAMENTE:
Durante la auditoría, el SAT puede revisar tu contabilidad, el cumplimiento en la emisión de CFDI y también inspeccionar bienes, mercancías y documentos fiscales o aduaneros. Todos los hechos deben asentarse en actas circunstanciadas.
Aunque es obligatorio permitir el acceso y entregar la información requerida (contabilidad, registros), los visitadores del SAT deben cumplir con normas estrictas:
El proceso concluye con un acta final. Recuerda que, tras esto, el contribuyente obtiene un plazo para desvirtuar o aclarar las observaciones del SAT antes de que se inicie la determinación de créditos fiscales.