¿Tu patrón puede cobrarte si descompones alguna máquina de trabajo?, esto dice la LFT
México | 07/01/2025 05:57:00 p. m. | Víctor Acosta
El Artículo 110 de la LFT establece los únicos casos en los que se pueden hacer descuentos legales al salario.
Una reciente declaración viral en TikTok ha encendido el debate en redes sociales: ¿puede un patrón cobrarle a un trabajador por descomponer una máquina? La duda fue planteada por el popular creador de contenido “El Abogado del Trabajo”, quien explicó que, bajo ciertas condiciones, sí es posible que los empleadores hagan este tipo de cobros. Sin embargo, la realidad es más compleja y está claramente regulada en la Ley Federal del Trabajo (LFT).
En su video, el abogado laboralista aclaró que sí es legal que el patrón cobre al trabajador por daños a herramientas o maquinaria, pero solo si este recibió una capacitación adecuada y certificada. “No basta con que un compañero te haya dicho cómo usar la máquina. La capacitación debe ser formal”, señaló. De lo contrario, el patrón no puede exigir el pago del daño.
¿Qué dice la Ley?
El Artículo 110 de la LFT establece los únicos casos en los que se pueden hacer descuentos legales al salario, y las averías a maquinaria se encuentran dentro de esa lista, pero con condiciones muy estrictas:
¿Cuándo puede el patrón descontar?
Si el daño fue provocado por negligencia comprobada del trabajador
Si el contrato o reglamento interno contempla estos casos y fue firmado por el trabajador
Si se realizó una acta administrativa donde el trabajador acepta su responsabilidad o hay testigos que lo respalden
Si el trabajador fue capacitadamente y formalmente instruido para operar la máquina
¿Cuándo no se puede descontar?
Si el trabajador no recibió capacitación adecuada
Si no hay acuerdo escrito o firma en el reglamento que especifique sanciones por este tipo de daños
Si se impone una “multa” directa, lo cual está prohibido por el Artículo 107 de la LFT
Si el descuento excede los límites establecidos por ley
Límites legales para el descuento
La ley protege el ingreso del trabajador con topes claros:
El monto total a descontar no puede superar el equivalente a un mes de salario
Por cada periodo de pago, el descuento no puede ser mayor al 30% del excedente del salario mínimo
El patrón debe entregar recibos detallados donde se justifique la deducción
¿Qué hacer si el cobro es injusto?
Revisa tu contrato y reglamento interno: ¿está contemplado el daño como deducible?
Exige evidencia de la capacitación recibida
No firmes actas administrativas si no estás de acuerdo
Acude a la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo) o a un abogado laboral.