CFE 2025: ¿Qué pasa si el titular del recibo de luz fallece?, aquí te decimos

México | 06/25/2025 09:10:00 a. m. | Adriana Ochoa

Este trámite, que no tiene costo alguno, se puede realizar en cualquiera de los Centros de Atención a Clientes de la CFE distribuidos en todo el país.

La Comisión Federal de Electricidad (CFE) reitera los pasos a seguir en caso de que el titular del recibo de luz haya fallecido, o si por otros motivos como la renta o venta de un inmueble, sea necesario realizar el cambio de titularidad del contrato de energía eléctrica.

Este trámite, que no tiene costo alguno, se puede realizar en cualquiera de los Centros de Atención a Clientes de la CFE distribuidos en todo el país. Su finalidad es actualizar los datos del contrato, asegurando que los nuevos recibos estén correctamente asignados a la persona responsable del inmueble.

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Cambio de titular por fallecimiento

Si el titular del servicio falleció, los familiares o responsables del inmueble deben presentar los siguientes documentos:

Otros casos en los que se puede hacer el cambio

El cambio de titular también aplica en los siguientes escenarios:

Por renta del inmueble:

Por compra-venta:

¿Cuánto tarda el trámite?

El proceso puede tardar entre 15 y 20 días hábiles, por lo que la CFE recomienda realizarlo con anticipación para evitar contratiempos. Además, es necesario no tener adeudos pendientes y estar dado de alta en el SAT, presentando el RFC correspondiente.


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