México | 05/01/2023 12:22:00 p. m. | Israel Castro
Todos hemos llegado a faltar alguna vez al trabajo por circunstancias ajenas a nosotros. Así sea por algún accidente, una emergencia familiar o cualquier factor externo, es prácticamente imposible asistir todos los días al trabajo.
Teniendo esto en cuenta, la Ley Federal del Trabajo (LFT) tiene muy establecidas las bases para evaluar cada una de esas circunstancias como retardos o faltas injustificadas, te explicamos a continuación:
De acuerdo con el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, una de las causas por las que el patrón puede rescindir el contrato sin incurrir en responsabilidad es cuando un trabajador acumula tres faltas sin permiso o sin causa justificada en un periodo de 30 días.
Según el artículo 56, los retardos se consideran cuando el registro de asistencia del trabajador es hasta 10 minutos después de la tolerancia autorizada por el empleador, por lo que cualquier registro posterior se considera como falta.
Importante: Si tu turno laboral es de 6 horas o menos, no tienes derecho a registrar retardo, por lo que cualquier cantidad de tiempo que te excedas será considerada como falta.