Solo servicio a domicilio y autoservicio en Culiacán el 9 y 10 de mayo

Sinaloa | 05/04/2020 09:28:00 p. m. | Brianda López

Por ningún motivo los establecimientos deberán ofrecer servicio al interior, en la puerta, o en ventanilla de esos establecimientos.

Culiacán, Sin.- Como ya lo había anunciado hace algunos días el Presidente de la Cámara Nacional de la Industria Restaurantera y Alimentos Condimentados (Canirac) en Culiacán, Miguel Taniyama Ceballos, los días 9 y 10 de mayo restaurantes y todo comercio de alimentos solo ofrecerá servicio a domicilio y al auto (drive thru). 

Así lo anunció el Ayuntamiento de Culiacán a través de un comunicado de prensa, en el cual se detallan 14 puntos acordados entre las autoridades municipales y los comerciantes de comida de la capital del estado. 

En el acuerdo destaca que todo aquel establecimiento que no acate una de los 14 puntos, su negocio será clausurado durante el fin de semana del Día de las Madres, así como podrían perder la licencia de venta de alimentos de por vida en Culiacán. 

Los 14 puntos son los siguientes: 

1.- Los días 9 y 10 de mayo no se permitirá a clientes que ingresen a los establecimientos y solo se les atenderá a bordo de sus vehículos.

2.- Podrán ordenar a domicilio vía telefónica o por las redes sociales y el establecimiento les dirá el importe preguntando la denominación del billete con el que pagarán para enviar en un sobre el monto exacto del cambio. 

3.- El repartidor se concretará a entregar el producto y el cambio evitando al máximo cualquier contacto con el cliente.

4.- A los clientes que ordenen para recoger se les indicará su número de pedido y la hora aproximada de entrega a bordo de su vehículo; además se les preguntará denominación del billete con el que pagarán para entregar el cambio exacto en un sobre.

5.- A los vehículos haciendo fila, el proveedor les asignará una cartulina pegada al cristal parabrisas cone número de pedido y hora de entrega para identificarlos.

6.- Tanto el personal que entregue el pedido como el cliente deberán usar en ese momento un cubrebocas adecuado. El empleado deberá usar además guantes y protección para sus ojos. 

7.- El propietario deberá proveer de todos los instrumentos de referencia al trabajador para su protección

8.- A ninguna persona se le dará algún tipo de servicio en el interior, en la puerta o en ventanilla de esos establecimientos. 

9.- La violación de esta última medida por parte de la empresa o cualquiera de sus empleados, será motivo de clausura inmediata por el resto de ese día. 

10.- Las empresas expendedoras de alimentos podrán operar con personal propio o subcontratado, pero estas serán responsables de las acciones y omisiones de ese personal. 

11.- El personal de las empresas incluyendo repartidores, usarán en todo momento cubrebocas, guantes y lentes o caretas de acrílico. La omisión de esta medida será causa de clausura del establecimiento por el resto del día.

12.- Las empresas subcontratadas para el reparto de alimentos que no cumplan con estas disposiciones sanitarias igualmente serán sancionadas, incluyendo la cancelación del permiso para operar en el municipio de Culiacán.

13.- Todo lo no previsto será resuelto razonablemente por la autoridad municipal.

14.- Los empresarios pondrán su mejor esfuerzo para diseñar el sistema de venta a través de los medios a su alcance para lograr estos objetivos.

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