Sinaloa | 11/22/2019 01:41:00 p. m. | Luz Noticias
Los Mochis, Sin.- Las empresas deben regirse por el principio de colaboración cuando se trata de la protección de niñas, niños y adolescentes, y no ocultar los ingresos del deudor alimentario en los juicios familiares.
Laura Angélica Ángeles Zamudio, Magistrada Supernumeraria del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Guanajuato, señaló que este tipo de prácticas son muy comunes y complican el ejercicio de la justicia a favor del menor.
“Esa empresa también tendría que colaborar… ¿Cómo? Contestando las informaciones que le requiera el juez, siendo oportuna en la contestación, sin ocultar información en la contestación, porque cuántas veces pasa que la empresa solapa al deudor alimentario para ocultar sus ingresos, por eso está este principio”, señaló.
En México, el 67.5 por ciento de los menores con padres separados no reciben pensión alimentaria debido a las falsedades que los deudores implementan para evadir su responsabilidad.
En este sentido, Ángeles Zamudio enfatizó que es obligaciones de los jueces de materia familiar determinar real y objetivamente la capacidad económica del deudor alimentario y exhortó a las empresas a cumplir con lo que establece la ley, que es proporcionar la información veraz sobre los ingresos.