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«Químico» Benítez irá a juicio; juez federal le niega amparo

El exalcalde de Mazatlán había promovido un amparo en contra de la vinculación a proceso para no ser deteniendo por desempeño irregular de la función pública.

Diana Cruz
12/03/24

«Químico» Benítez irá a juicio; juez federal le niega amparo

FOTO: Temática.

Un juez federal le negó el amparo al exalcalde de Mazatlán Luis Guillermo «El Químico» Benítez Torres y enfrentará un juicio. 

Benítez Torres había promovido un amparo en contra de la vinculación a proceso para no ser deteniendo por el «delito de desempeño irregular de la función pública».

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Esto derivado de la compra irregular de automóviles y unidades motrices que regaló en un festejo del Día de las Madres el pasado 09 de mayo del 2022, cuando estaba al frente del Ayuntamiento de Mazatlán.

«En consecuencia, debe de negarse la protección constitucional solicitada respecto del artículo 300, fracción IV, del Código Penal para el Estado de Sinaloa. La Justicia de la Unión no ampara ni protege a Luis Guillermo Torres Benítez, contra los actos reclamados y autoridades precisadas en el considerando segundo, por los motivos y consideraciones expuestos en el último considerando del propio fallo», señala el documento.

En el juicio de amparo con número 730/2023-IV, se precisa que el exalcalde de Mazatlán compareció el 1 de junio de 2023 ante el juez, y fue el 6 de junio de 2023 cuando se le vinculó a proceso. 

Compra ilegal de vehículos

Al exalcalde de Mazatlán Luis Guillermo Benítez Torres y su tesorero de ese entonces, se les reprocha la adquisición ilegal de siete vehículos nuevos; dos de ellos, tipo sedán, de la marca Dodge, línea Attitude, modelo 2022 y los otros cinco vehículos tipo motocicleta de la marca Italika.

De acuerdo a lo relatado en la formulación de imputación, la compra de dichas unidades fue directa y con recursos propios del municipio de Mazatlán para ser regalados en un evento público.

Benítez Torres regaló a través del sorteo público los vehículos tipo sedán y las 5 motocicletas que ocasionaron un quebranto al erario municipal de $575,395.00 mil pesos.

En el caso, el artículo 300, fracción IV, del Código Penal para el Estado de Sinaloa, establece lo siguiente: 

Se impondrá prisión de seis meses a tres años y de treinta a ciento ochenta días multa, al servidor público que ilegalmente:

Realice o contrate obras públicas, adquisiciones arrendamiento, enajenaciones de bienes y servicios o colocaciones de todos y valores con recursos económicos públicos.

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