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¿Haces teletrabajo? Ahora tu patrón debe pagar una parte del internet

Conoce los derechos del teletrabajo, modalidad en la que laboran el 40 % de los trabajadores

¿Haces teletrabajo? Ahora tu patrón debe pagar una parte del internet

FOTO: Internet

Con el objetivo de proteger a todos los trabajadores que laboran en la modalidad del teletrabajo, o sea desde casa, se realizaron adecuaciones a la Norma Oficial Mexicana 037.

La secretaria del Trabajo y Previsión Social del Gobierno Federal, Luis María Alcalde Luján, firmó las reformas a esta norma para que el teletrabajo sea valorado y respetado por los patrones, modalidad que desde la pandemia se ha venido extendiendo en México y que llegó para quedarse.

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La Norma Oficial Mexicana 037 en materia de Teletrabajo, deriva de una reforma a la Ley Federal del Trabajo publicada en 2021

5 elementos fundamentales que debes saber:

1.- ¿A quién le aplica esta norma? A todos aquellos que trabajan bajo esta modalidad más del 40 por ciento de su tiempo.

2.-. Incluye obligaciones concretas para los empleadores o patrones para poder proveer las herramientas necesarias para desempeñar el trabajo, que va desde proporcionar una silla, la parte proporcional del pago de internet, el proporcional del pago de electricidad, computadora, impresora, tinta o cualquier otra herramienta.

3.- El derecho a la desconexión. Implica el cumplir con la jornada laboral.

4.- La obligación por parte de los trabajadores de contar con un lugar adecuado y sobre todo seguro. La norma especifica que el lugar de trabajo debe contar con las condiciones adecuadas de ventilación, iluminación o exceso de ruido que después pueda traer aparejado un padecimiento.

5.- Aunque se trate de la modalidad de teletrabajo se tienen los mismos derechos que el resto de los trabajadores, en lo individual de lo colectivo.

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Estas adecuaciones a la NOM 037 se enviaron al Diario Oficial de la Federación para que se publique esta misma semana y pueda entrar en función.

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