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¡Atención patrones! Si no entregan utilidades antes del 30 de mayo, los pueden sancionar
Las multas pueden llegar hasta el medio millón de pesos.

Si los «patrones» no entregan las utilidades a sus empleados antes de finalizar los meses de mayo y junio, puede ser sancionados hasta con medio millón de pesos, informó el Director de Trabajo y Previsión Social del Gobierno del Estado, Ascención Zepeda Rocha.
El funcionario detalló que existen multas hasta de medio millón de pesos, de 250 hasta 5 mil UDIS por trabajador que no reciba el pago de utilidades.
Indicó que si el trabajador no recibe sus utilidades dentro de los periodos establecidos o no están de acuerdo, pueden denunciar ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo o bien, presentar su queja ante el SAT, para efecto de que revisen la declaración anual de la empresa.
«Hay multas hasta de medio millón de pesos, de 250 hasta 5 mil UDIS por trabajador que no reciba el pago de utilidades. Entonces en ese sentido, nosotros lo que hacemos es invitar a los trabajadores que si no recibieron ese pago acudan a la procuraduría de la defensa del trabajo porque nosotros no podemos hacer una inspección», puntualizó.

Explicó que, de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, se contemplan dos fechas límite para el pago de utilidades:
- -Para las personas físicas que trabajan para una persona moral el periodo límite para que les paguen es del 1 abril al 30 de mayo.
- -Para las personas físicas que trabajan para otras personas físicas la fecha límite para recibir sus utilidades son del 1 al 30 de junio.
Zepeda Rocha hizo un llamado a los jefes a cumplir con sus responsabilidades, ya que aseguró, este beneficio dejó de ser «letra muerta» en la Ley Federal del Trabajo, debido a qué hay muy poca cultura y difusión de que se trata de un derecho.
*¿Como se determina la tarifa para el pago de utilidades?*
El Director precisó que no existe una tarifa fija para el pago de utilidades, sino que esta cantidad se determina tomando en cuenta el 10 por ciento de la renta grabable de la empresa.
Es decir, de lo que entera ante el SAT, así como cuestiones individuales de cada empleado como el salario diario, cuántos días se trabajó, días descontados e incapacidades.
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