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Opinión

Persecución digital

Tercer Ojo

Los mecanismos de control gubernamental hacia los medios de comunicación no son una novedad. Por muchos años, gobiernos de todo el mundo han logrado socavar los derechos de libertad de expresión e información a través de pagos, contratos, información privilegiada, censura y autocensura, entre otros; persiguiendo objetivos particulares. Pero ¿se puede además controlar al gigantesco monstruo llamado Internet?

A principios del presente mes, la Human Rights Watch daba a conocer que elementos de la policía en Egipto estaban utilizando las redes sociodigitales para detectar y capturar a personas identificadas como homosexuales por considerarse esa un delito de inmoralidad, y quienes inclusive han denunciado arresto y tortura por parte de agentes que se hacen pasar por sus homólogos en apps para citas.

Esta no es la primera vez que esta ONG señala este tipo de abusos contra la comunidad LGBT+ en el país africano. En 2017 reprobaban los arrestos por parte de los cuerpos de seguridad y la represión los medios informativos en contra de miembros de dicha comunidad; en tanto que al año siguiente aseveraban que el problema principal radicaba en el marco legal de los países de Medio Oriente y Norte de África, en efecto, sector en el que se sitúan los egipcios.

Como antecedentes, vale la pena recordar que en Egipto se han formalizado algunos mecanismos legales para criminalizar los derechos de los y las homosexuales, por ejemplo, con la iniciativa promovida por los miembros de su parlamento en 2017 para criminalizar la homosexualidad con hasta cinco años de prisión en caso de promocionar y/o practicar dicha sexualidad.

Peor aún, para dar paso al control oficial de las redes no obstante que socaven los derechos humanos de sus habitantes, se suscitó la aprobación en 2018 de un documento de ley que les otorga la facultad para controlar las redes sociodigitales mediante vigilancia, suspensión y/o bloqueo; en caso de incitar al odio, la violencia o el quebranto de la ley para, finalmente, poder actuaren consecuencia a través de estas.

Este es el punto que se pretende discutir en este espacio, el de la transgresión de los derechos humanos concernientes a la información y la privacidad, pues está claro que en la elaboración de dicha ley se incluye el apartado “en caso de incitar al odio, la violencia o el quebranto de la ley”, tan solo por cumplir con los estándares de los marcos legales internacionales por la defensa de estos derechos más no con la intención de realizarlos.

Porque, en realidad, su práctica es completamente discrecional al interpretar esta libertad sexual como un delito de promoción de la inmoralidad y, así, un hecho totalmente justificado para la ejecución de su ley de vigilancia de sus plataformas digitales con este “propósito legal” como justificación.

Ahora bien, los intentos por controlar a las redes desde los poderes oficiales tampoco son una novedad pues se trata de un asunto al que ya se le ha venido dando seguimiento desde hace algunos años; el propio Egipto ya ha sido señalado por este tipo de controles digitales, siendo la ejecución arbitraria del denominado shutdown a principios de esta década uno de los más conocidos.

Lo que hoy realmente llama la atención y prende focos rojos en cuanto a libertad de expresión y comunicación, es el que se esté traspasando en los países considerados como regímenes democráticos la barrera de la “fronterización digital”, para dar paso a una persecución digital mediante el uso de estas aplicaciones como medios para la agresión directa de los elementos policiacos disfrazada de medidas regulatorias en temas de seguridad pública.

Y cómo bien señala Guadalupe Sánchez en su columna “La monitorización gubernamental de las redes”, y en la que bien señala lo anterior no es una situación exclusiva de los regímenes totalitarios, sino que, de hecho, es un fenómeno que ya está sucediendo incluso en esos territorios: “una cosa es investigar un acto presuntamente delictivo del que se tiene noticia y otra bien distinta es investigar con la excusa de estar buscando posibles delitos”, puntualiza la autora de manera literal, pasaje que incluso forma parte de lo estipulado en el artículo 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

Casos como el hostigamiento financiero realizado en Estados Unidos por Donald Trump en contra de Twitter y TikTok, el espionaje telefónico a través del encendido de micrófonos de celulares en Reino Unido o mediante el software Pegasus en México y, por qué no, los casos de vigilancia por parte de agentes federales mexicanos en contra de conductores de Uber quienes, haciéndose pasar por usuarios, los despojan de sus vehículos por realizar una actividad comercial no permitida en diversas regiones y localidades.

¿La homofobia es un problema? Sí. ¿El abuso de poder de elementos de seguridad es un problema? También. Pero el que los mecanismos de control informativos estén ganando terreno en el espacio digital sobre todo cuando este proviene del poder gubernamental, lo es aún más.

Porque la llegada de las redes y, en general, de la era digital han fungido como principales catalizadores de la democratización informativa y de la participación activa de la ciudadanía en las últimas dos décadas, como para permitirle a los gobiernos y poderes oficiales que tomen el control como lo hicieron durante casi todo el Siglo XX con el control de los medios de comunicación masiva.

Bastante tienen los usuarios con tener que entender y aceptar el inicio de las limitaciones a la libertad de expresión en aplicaciones como YouTube, Instagram o Facebook, como para ahora tener que lidiar con la invasión gubernamental de sus plataformas personales en Internet. Hoy tocó el turno a la comunidad LGBT+ en Egipto ¿mañana quién sigue?

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