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Aprueban la incapacidad laboral por menstruación en Sinaloa

El Congreso del Estado aprobó otorgar incapacidad laboral a mujeres burócratas que padezcan dismenorrea en grado incapacitante.

Diana Cruz
09/05/24

Aprueban la incapacidad laboral por menstruación en Sinaloa

Foto: Sora Shimazaki.

El Congreso de Sinaloa aprobó por unanimidad reformas y adiciones que otorgan incapacidad laboral a mujeres por menstruación

Este permiso es para para ausentarse de su centro de trabajo de 1 a 3 días cada mes, con goce de salario íntegro a las personas trabajadoras del estado y municipios que padezcan dismenorrea en grado incapacitante.

Con esta aprobación se busca reconocer la menstruación como un asunto de salud y derechos humanos, por lo que se debe dejar de considerarla solamente como un asunto de higiene.

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Cabe precisar que la dismenorrea, indistintamente de si es primaria o secundaria, es un dolor incapacitante que sufren algunas mujeres en edad reproductiva durante su menstruación de forma periódica al estar acompañada de varias anomalías y síntomas que perjudican el desarrollo de vida de quienes la padecen.

Representa un inconveniente de salud para la mujer menstruante, ya que la inhabilita laboralmente de forma física y emocional al tratarse de un padecimiento tan severo que reduce el rendimiento y productividad en las horas laborales, ocasionando incluso el ausentismo en el puesto de trabajo, por lo que es una necesidad la licencia justificable.

¿Cómo hacer válida la incapacidad por menstruación con goce de sueldo?

Para obtener el beneficio del pago, las trabajadoras menstruantes deberán presentar un certificado médico que cumpla con los requisitos previstos en la Ley General de Salud para su validez, expedido por un médico especialista en ginecología, preferentemente de alguna institución pública de seguridad social, que acredite el diagnóstico.

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El certificado tendrá una vigencia de seis meses a partir de su expedición, al término del cual deberá realizarse la revaloración del diagnóstico, que en ningún momento podrá ser considerado como enfermedad o riesgo de trabajo.

Aprobadas las reformas y adiciones, el presidente de la Mesa Directiva, Ricardo Madrid Pérez, instruyó que se expida el correspondiente Decreto.

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